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Registro de contratos electrónicos: ¿cuál es el plazo límite?

Registro de contratos electrónicos: ¿cuál es el plazo límite?

La Dirección del Trabajó anunció que, de acuerdo a la Ley 21.327, los empleadores tienen plazo hasta el 30 de abril para registrar digitalmente los contratos de trabajo suscritos hasta el 1 de octubre del 2021.

El proceso se debe hacer en el sitio de la Dirección del Trabajo, con Clave Única (personas naturales) o representante electrónico laboral (personas jurídicas), si no sabes como hacerlo, acá te explicamos.

¿Quiénes deben realizar este proceso?

Todos los empleadores deben registrar los contratos de sus trabajadores. En caso que el contrato haya terminado entre octubre y la fecha actual, es importante que se indique la fecha de término.

¿Cómo realizar tu registro de contratos?

1. Ingresa a la Dirección del Trabajo y accede como persona natural o jurídica

2. Accede a tu REL (Registro electrónico laboral): Una vez dentro, registra todos los contratos firmados tanto por el trabajador/trabajadora y por el empleador, que fueron suscritos antes del 1 de octubre.

¡Y listo!

Es importante que para realizar el trámite tengas:

  • Todos los contratos que debes registrar
  • Clave única activa
  • Uno o más representantes laborales en caso de ser una persona jurídica

Recuerda que tienes hasta fines de este mes para hacer el registro, no esperes más e inicia el proceso aquí.