Conoce las fechas y los procesos de implementación de la Ley de Protección del Empleo en Chile
AFC Chile estará tramitando exclusivamente la Suspensión del contrato de trabajo por acto de autoridad y el Pacto de suspensión del contrato de trabajo. Toda la tramitación la realizará el Empleador a través de www.afc.cl y los trabajadores no deben realizar ningún trámite.
DATOS: En el caso de la Suspensión del contrato de trabajo por acto de autoridad el empleador tendrá que pagar todas las leyes sociales excepto la ley de accidente. Por otro lado, en el caso de el Pacto de suspensión del contrato de trabajo, al pactarlo comienza a correr inmediatamente y tiene un plazo de 6 meses.
1. 8 de abril: Se publica la información y el calendario
La información y el registro de empleadores quedará disponible en el sitio web de AFC.
2. Entre el 8 y el 15 de abril: Registro de empleadores
AFC recepciona durante estos días los datos de forma electrónica, se contacta con los empleadores y les envía el instructivo.
3. Desde el 15 de abril: Solicitud del beneficio
Los empleadores ingresan al sitio de AFC con su clave Previred, completan el archivo y lo suben con la nómina. Aquí se indica información adicional de la empresa, la nómina con el número de trabajadores que accederán al beneficio y se hace la declaración jurada digital.
4. Un máximo de 4 días hábiles desde que el empleador sube la nómina de trabajadores: Respuesta a la solicitud
AFC responde a empleadores y trabajadores con la aprobación de los requisitos, las fechas del pago del beneficio y los montos estimados a pagar al trabajador.
5. 30 de abril: Primera fecha de pago
Se pagan aquellas solicitudes realizadas hasta el 23 de abril.
6. 7 de mayo: Segunda fecha de pago
Se pagan las solicitudes realizadas hasta el 30 de abril.
Si quieres recordar toda esta información de forma má sencilla, puedes guardar la infografía de la AFC que encuentras en este link.