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Mini guía para el pago de remuneraciones: todo lo que necesitas saber para que no sea un dolor de cabeza cada mes

Mini guía para el pago de remuneraciones: todo lo que necesitas saber para que no sea un dolor de cabeza cada mes

Según la DT, las remuneraciones son uno de los elementos ineludibles que existen en el contrato de trabajo. Estos pagos, junto a la prestación de servicios, vínculo de subordinación y dependencia del trabajador en relación con su empleador son los elementos que conforman el contrato de trabajo.

En un blog anterior hablamos sobre los tipos de remuneraciones, cómo se hace su cálculo legal en Chile y cómo se determina el sueldo líquido a pagar. Puedes revisarlo haciendo click acá.

Hoy iremos aún más en profundidad y te daremos recomendaciones para que realices el pago de los sueldos sin sorpresas, diseñes una buena liquidación de sueldo, tengas claros los plazos de pago, y lo más importante de todo, qué hacer si quieres automatizar el proceso y en qué fijarte antes de contratar un sistema de remuneraciones.

3 recomendaciones a seguir a la hora de pagar los sueldos

1. ¿Imponible o no imponible? He ahí el dilema

Es importante tener muy claro qué elementos de la remuneración son imponibles y qué elementos no lo son. Confundirlo puede generar cambios en el monto a depositar que pueden complicar toda la operación.

Revisa este resumen en caso que tengas dudas:

  • Son imponibles: los bonos (porque constituyen remuneración), la remuneración bruta acordada, la gratificación mensual.
  • No son imponibles: La asignación por movilización, los viáticos, las asignaciones familiares, la asignación de colación, la indemnización por años de servicios (establecida en el artículo 163) y, en general, cualquier gasto que sea causado por el trabajo.

2. Todo descuento a realizar debe ser hecho sobre montos imponibles

Es importante recordar que todos los descuentos legales que hagamos (AFP, salud, seguro de cesantía) deben ser calculados sobre el monto imponible.

3. La gratificación mensual tiene un tope

La gratificación legal es parte de las utilidades que obtuvo el empleador en el año comercial y que debe distribuir entre los trabajadores de la empresa.

Según la DT, para efectuar este cálculo y obtener el monto de gratificación que corresponde a cada trabajador, la empresa debe dividir el monto de las utilidades líquidas por el monto de las remuneraciones anuales generales pagadas en el año correspondiente.

En términos sencillos, las empresas pagan el 25% del sueldo base o sueldo bruto del empleado. Es importante recordar que si el 25% del sueldo base supera el tope de 4.75 veces el sueldo mínimo la gratificación se pagará hasta ese tope.

¿Cómo hacer una liquidación de sueldo?

Para hacer una liquidación de sueldo es importante que siempre tengas a mano datos claves de tus trabajadores. Dado que es un proceso cíclico que se debe realizar todos los meses, es algo que podrás preparar con cierta antelación.

Ten a mano:

  • Ficha del trabajador: deberá incluir todos sus datos personales y laborales, así como también su AFP. En el caso de estar en ISAPRE es importante que también sepas cuál es su monto pactado actualizado y en el caso de la AFP es importante saber cuál es el % de comisión de la institución, pues puede hacer que el monto varíe.
  • Bonos: es importante tener claro qué bonos recibe cada trabajador y cuál es su periodicidad (recordando que si el trabajador lo recibe por 3 o más meses consecutivos pasa a ser su derecho seguir recibiéndolo).
  • Separa descuentos fijos de descuentos variables:en caso que descuentes montos a tus trabajadores que puedan variar, será relevante mostrarlos en un apartado diferente a los descuentos fijos (como AFP, Salud, Seguro de Cesantía).

En la liquidación deberás incluir el total de los haberes, los descuentos legales y los descuentos variables adicionales. Recuerda que todos estos descuentos se restan del monto conformado únicamente por el sueldo imponible (asignaciones de movilización y colación quedan fuera, por ejemplo).

¿Cuál es el plazo máximo para el pago de las remuneraciones?

El Código del Trabajo en su artículo 55 indica que la periodicidad del pago debe quedar estipulada en el contrato, pero que aun así, los períodos convenidos no pueden ser mayores a un mes. De acuerdo a lo que indica la DT, el concepto “mes” hace referencia al período de tiempo que va desde un día señalado hasta ese mismo día en el mes siguiente.

Ejemplo:desde el 3 de marzo al 3 de abril.

Por otro lado, el artículo 56 indica que las remuneraciones deben ser pagadas en día laboral (es decir de lunes a viernes). En caso de que el día de remuneración recaiga en un día no laboral, la fecha debe adelantarse.

Es bastante información, pero sabemos que te será muy útil para seguir planificado los pagos de remuneraciones mes a mes. También es importante saber que existen opciones que pueden automatizar el proceso completo de remuneraciones, ahorrando tiempo y dándole espacio al área de RRHH para seguir avanzando en la gestión de personas.

La solución de remuneraciones de Talana, por ejemplo, permite optimizar la gestión de remuneraciones, administrar sueldos, contratos y finiquitos desde una sola plataforma y tener acceso a toda la información que necesitas de forma rápida y sencilla.

Lo mejor de todo es que el pago de nómina se realiza con un solo clic, las liquidaciones se generan de forma automática y los cálculos dentro de la plataforma se actualizan con cada cambio que hay en la ley laboral.

¿Quieres saber más? Sigue leyendo acá.